¿Cómo crear una Fundación?
1. Obtener el Certificado de Similitud en Registro Civil
Antes de constituir la Fundación, debemos asegurarnos que el nombre que le daremos esté disponible.
Existe un certificado del Registro Civil llamado «Certificado de Similitud».
Una vez tramitado este paso y asegurada la disponibilidad del nombre de la Fundación, pasaremos a la Constitución:
2. Constitución: Escritura de Constitución de la Fundación
Puede ser en Instrumento Público o Privado suscrito ante Notario Oficial del Registro Civil o Secretario Municipal autorizado.
Esta Escritura constitutiva deberá contener:
- El nombre, domicilio y duración de la entidad
- La indicación de los fines a que está destinada
- Los bienes que forman su patrimonio
- Establecer quiénes forman y cómo serán integrados sus Órganos de Administración
- Las atribuciones que correspondan a los mismos
- Las disposiciones relativas a su reforma y extinción o disolución, indicándose la institución a la cual pasarán sus bienes en este último evento
En este punto, es importante establecer claramente cuáles son las actividades concretas que realizará la fundación. Además, se debe detallar cómo se conseguirán dichos objetivos, de manera precisa.
Es decir, no basta para la aprobación Municipal un simple objeto «amplio» de la Fundación. Debemos ser precisos y realistas. Así tendrás éxito en esta etapa.
3. Ingresar Escritura Pública y Documentación Requerida por la Municipalidad del Domicilio de la Fundación
Ejemplo: Se establece como domicilio Providencia en la escritura de la Fundación, deberá depositarse en la Secretaría Municipal de esa comuna.
Importante: Cada Municipalidad tiene su propia área de fiscalía legal, donde algunas son más exigentes que otras al momento de revisar los estatutos.
Documentación típica que pueden solicitar las Municipalidades:
- Certificados de Antecedentes de los Fundadores
- Personerías de Personas Jurídicas que comparecen a la constitución
- Fotocopias de Cédulas de Identidad
- Certificado de Similitud emitido por el Registro Civil
En caso de que alguno de los fundadores sea Persona Jurídica, adjuntar sus personerías y representaciones correspondientes.
Certificado de Similitud: Documento que se debe solicitar al Registro Civil previo a ingresar a la Municipalidad los Estatutos. Lo anterior, es debido a que este certificado establece que el NOMBRE de la fundación está disponible.
Se recomienda asesorarse con abogados al momento de constituir la Fundación. De no ser aprobado por la Municipalidad, se debe crear una nueva escritura pública de Rectificación de Estatutos. Lo anterior es caro y atrasa el proceso por meses.
4. Si Secretaría Municipal no Rechaza en el plazo de 30 días:
Se debe retirar el Certificado de Aprobación. Luego, presentarlo en el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro perteneciente al Registro Civil. Una vez solicitada esta Inscripción, se debe esperar el plazo para que la Fundación sea inscrita. Con dicha Inscripción, la Fundación obtiene su Personalidad Jurídica.
5. Solicitar RUT e Iniciar Actividades en el Servicio de Impuestos Internos
Una vez obtenido el Certificado de Similitud, Estatutos de Fundación, Certificado de Personalidad Jurídica, se debe proceder a obtener el RUT e iniciar actividades. Este paso debe realizarse en el Servicio de Impuestos Internos del domicilio de la Fundación.
6. Recibe Donaciones: Inscribirse en Ley Respectiva que Regule la Actividad de la Fundación
Según la actividad que la fundación desea desarrollar, se deberá acoger a los requisitos de alguna de las leyes vigentes que regulen las donaciones. Por ejemplo, si el objetivo de la fundación es ayudar a personas de escasos recursos en actividades alimenticias y terapéuticas, debemos acogernos a la Ley de Donaciones Sociales.

¿Donaciones?
Por regla general en Chile, toda donación… …Leer más…